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Esto es a lo que tienes derecho por una incapacidad laboral

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Publicado
May 7, 2025
Actualizado
May 7, 2025
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Conoce en qué situaciones puedes obtener una incapacidad laboral y cuáles son tus derechos.

Estos son tus derechos si te una dieron incapacidad laboral

Si sufres un accidente o tienes una enfermedad que te imposibilita realizar tu trabajo, o bien, estás cerca tu fecha de parto, puedes obtener una incapacidad laboral.

Para ello debes acudir con tu médico del IMSS que es quien te evalúa y se encarga de expedir un certificado de incapacidad que justifica tu ausencia del trabajo por los días que necesites para tu recuperación.

Debes saber que tus derechos cambian dependiendo de la causa de tu incapacidad, que puede ser por enfermedad general, por maternidad o por riesgos de trabajo. Conoce cuáles son tus derechos en cualquiera de los casos:

Incapacidad laboral por enfermedad general

  • Puedes obtenerla si cuentas con más de siete semanas cotizadas en el IMSS antes del inicio de la enfermedad. En caso de ser trabajador eventual se piden seis semanas cotizadas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad.
  • Según la Ley Federal del Trabajo, tienes derecho a recibir el 60% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad, desde el cuarto día hasta el término de 52 semanas. Este pago queda a cargo del IMSS.
  • Puedes recibir desde un día hasta 52 semanas de incapacidad, esto depende de lo que determine tu médico del IMSS.

Incapacidad laboral por maternidad

  • Para obtenerla debes tener al menos 30 semanas cotizadas en el IMSS en los últimos 12 meses antes de iniciar la incapacidad. Si no cumples con este requisito entonces el pago de tu salario queda a cargo de tu patrón y no del IMSS.
  • Tienes derecho a recibir el 100% de tu salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad.
  • Puedes recibir hasta 82 días de incapacidad, 42 antes del parto y 42 depués del parto.

Incapacidad por riesgo de trabajo

Si sufres algún accidente o enfermedad a causa de tu trabajo se trata de un riesgo de trabajo. Las enfermedades de este tipo resultan de la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos, así como a otros factores denominados psicosocial y ergonómico, que tienen que ver con las condiciones de trabajo.

Según la gravedad del accidente o enfermedad, los servicios médicos del IMSS determinan si se trata de una incapacidad temporal o permanente, de cualquier manera el patrón debe darte una indemnización según sea el caso.

Además la incapacidad y la indemnización tienes derecho a recibir asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos y material de curación y aparatos de prótesis y ortopedia que necesites.

En este caso existen dos tipos de incapacidad:

  • Si la incapacidad es temporal el IMSS se encarga de cubrir el 100% del salario con el que estás registrado al inicio de la incapacidad, por un periodo que va desde un día hasta 52 semanas, dependiendo de lo que determine el médico del IMSS.
  • Si la incapacidad es permanente, como trabajador tienes derecho a una pensión mensual o una indemnización global que depende de la valuación que se haga del accidente o la enfermedad.
  • Las incapacidades por riesgo de trabajo no requieren de un mínimo de semanas cotizadas.

Ojo: El trabajador pierde estos derechos si se encuentra en estado de ebriedad al ocurrir el accidente o él mismo lo provoca de manera intencional.

¡Importante!

  • Fíjate que tu indemnización se calcule con base al salario con el que estás registrado en el IMSS y éste no debe ser inferior al salario mínimo.
  • Si lo deseas puedes atenderte con un médico particular en cualquiera de los casos; sin embargo, también debes ir con tu médico familiar pues solamente el IMSS puede darte el certificado de incapacidad.

En las situaciones más difíciles recuerda que puedes pedir un microcrédito personal para salir de una emergencia médica.

Si durante tu incapacidad necesitas un dinerito extra, ¡pídeselo a Kueski!

Conoce en qué situaciones puedes obtener una incapacidad laboral y cuáles son tus derechos.

Estos son tus derechos si te una dieron incapacidad laboral

Si sufres un accidente o tienes una enfermedad que te imposibilita realizar tu trabajo, o bien, estás cerca tu fecha de parto, puedes obtener una incapacidad laboral.

Para ello debes acudir con tu médico del IMSS que es quien te evalúa y se encarga de expedir un certificado de incapacidad que justifica tu ausencia del trabajo por los días que necesites para tu recuperación.

Debes saber que tus derechos cambian dependiendo de la causa de tu incapacidad, que puede ser por enfermedad general, por maternidad o por riesgos de trabajo. Conoce cuáles son tus derechos en cualquiera de los casos:

Incapacidad laboral por enfermedad general

  • Puedes obtenerla si cuentas con más de siete semanas cotizadas en el IMSS antes del inicio de la enfermedad. En caso de ser trabajador eventual se piden seis semanas cotizadas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad.
  • Según la Ley Federal del Trabajo, tienes derecho a recibir el 60% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad, desde el cuarto día hasta el término de 52 semanas. Este pago queda a cargo del IMSS.
  • Puedes recibir desde un día hasta 52 semanas de incapacidad, esto depende de lo que determine tu médico del IMSS.

Incapacidad laboral por maternidad

  • Para obtenerla debes tener al menos 30 semanas cotizadas en el IMSS en los últimos 12 meses antes de iniciar la incapacidad. Si no cumples con este requisito entonces el pago de tu salario queda a cargo de tu patrón y no del IMSS.
  • Tienes derecho a recibir el 100% de tu salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad.
  • Puedes recibir hasta 82 días de incapacidad, 42 antes del parto y 42 depués del parto.

Incapacidad por riesgo de trabajo

Si sufres algún accidente o enfermedad a causa de tu trabajo se trata de un riesgo de trabajo. Las enfermedades de este tipo resultan de la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos, así como a otros factores denominados psicosocial y ergonómico, que tienen que ver con las condiciones de trabajo.

Según la gravedad del accidente o enfermedad, los servicios médicos del IMSS determinan si se trata de una incapacidad temporal o permanente, de cualquier manera el patrón debe darte una indemnización según sea el caso.

Además la incapacidad y la indemnización tienes derecho a recibir asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos y material de curación y aparatos de prótesis y ortopedia que necesites.

En este caso existen dos tipos de incapacidad:

  • Si la incapacidad es temporal el IMSS se encarga de cubrir el 100% del salario con el que estás registrado al inicio de la incapacidad, por un periodo que va desde un día hasta 52 semanas, dependiendo de lo que determine el médico del IMSS.
  • Si la incapacidad es permanente, como trabajador tienes derecho a una pensión mensual o una indemnización global que depende de la valuación que se haga del accidente o la enfermedad.
  • Las incapacidades por riesgo de trabajo no requieren de un mínimo de semanas cotizadas.

Ojo: El trabajador pierde estos derechos si se encuentra en estado de ebriedad al ocurrir el accidente o él mismo lo provoca de manera intencional.

¡Importante!

  • Fíjate que tu indemnización se calcule con base al salario con el que estás registrado en el IMSS y éste no debe ser inferior al salario mínimo.
  • Si lo deseas puedes atenderte con un médico particular en cualquiera de los casos; sin embargo, también debes ir con tu médico familiar pues solamente el IMSS puede darte el certificado de incapacidad.

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